lunes, 2 de diciembre de 2024

Efectos de la Ley 7/2022 en los consumidores: Un análisis crítico de la nueva normativa de residuos

 

Efectos de la Ley 7/2022 en los consumidores: Un análisis crítico de la nueva normativa de residuos

 

 

El 8 de abril de 2022 marcó un antes y un después en la política ambiental de España con la entrada en vigor de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Esta normativa, que aspira a reducir la generación de residuos, optimizar su gestión y avanzar hacia un modelo de economía circular, afecta directamente a consumidores, empresas y administraciones públicas. Sin embargo, aunque los objetivos son loables, es importante abordar su análisis desde una perspectiva crítica y considerar las dificultades que puede plantear, especialmente para los ciudadanos y pequeñas empresas, como eslabones más débiles.

 

Un paso hacia la sostenibilidad, pero con retos de equidad

La prohibición de ciertos productos elaborados con plásticos de un solo uso, uno de los puntos más visibles de la ley, plantea interrogantes sobre la capacidad de todos los consumidores de adaptarse rápidamente. Aunque la medida se alinea con las recomendaciones europeas, se puede cuestionar si su implementación responde adecuadamente a las diferencias socioeconómicas entre regiones y sectores de la población. En zonas urbanas con acceso a alternativas sostenibles, la transición puede ser más sencilla. Sin embargo, en áreas rurales o en entornos de bajos ingresos, la disponibilidad y el coste de estos productos alternativos pueden representar un desafío considerable.

El principio básico en Derecho medioambiental de "quien contamina, paga”, sobre el cual se basa gran parte de la normativa europea, puede generar desigualdades si no se implementa con cuidado. Aquellos con menos recursos podrían encontrarse en una situación en la que los productos sostenibles resulten inasequibles, mientras que quienes tienen más poder adquisitivo no sientan el impacto de la normativa de la misma forma . Si bien la mencionada

Ley prevé ciertos incentivos para reducir la generación de residuos y fomentar el reciclaje, es crucial que estas medidas no penalicen desproporcionadamente a los consumidores más vulnerables. Encontrar ese equilibrio es complejo puesto que las ayudas derivadas de reducciones impositivas, benefician a todos los consumidores por igual lo que paradójicamente vuelve a descompensar la balanza ya que los menos vulnerables pueden beneficiarse de esas rebajas en la misma medida pero partiendo de un poder adquisitivo mayor.

En cualquier caso, lo primero que hay que ver es el impacto real que esto va a tener en el precio de los productos, y a su vez, en el carro de la compra, para realmente que necesidades pueden surgir, y si las propias empresas o distribuidores aportan algún mecanismo corrector. A partir de ese momento podremos valorar las soluciones.

 

La tasa de residuos: ¿Una herramienta justa o una nueva carga económica?

Uno de los aspectos más controvertidos de la Ley 7/2022 es la creación de una nueva tasa municipal de residuos, que deberá estar implementada antes de abril de 2025. Esta tasa, basada en el principio de "pago por generación", pretende incentivar un comportamiento más sostenible por parte de los ciudadanos, haciéndolos responsables del coste de gestionar los residuos que producen. Sin embargo, plantea varias preguntas críticas sobre su equidad y eficacia.

Por un lado, es innegable que la idea de hacer que los ciudadanos asuman la responsabilidad de los residuos que generan puede ser eficaz para reducir la producción de residuos. No obstante, la tasa puede convertirse en una carga económica adicional, especialmente para las familias de bajos ingresos que no tienen los recursos necesarios para reducir significativamente su generación de residuos o adaptarse a prácticas más sostenibles. Además, en muchos municipios, la infraestructura para una adecuada separación y reciclaje de residuos sigue siendo insuficiente, lo que complica la capacidad de los consumidores para cumplir con las nuevas normativas.

El coste de la tasa se calculará según la cantidad de residuos generados y el grado de separación de los mismos, lo cual, en teoría, promueve el reciclaje. Sin embargo, esto también podría generar situaciones injustas en municipios donde la infraestructura para la recogida selectiva de residuos es limitada o ineficiente. Si los ciudadanos no cuentan con los medios adecuados para separar sus residuos, podrían verse penalizados injustamente, lo que crea una disparidad entre diferentes regiones del país. Debemos estar atentos a los diversos modos de implementar la mencionada tasa ya que es un asunto que no se ha desarrollado legalmente y cada Ayuntamiento tendrá que adaptarlo a sus particularidades.

Implementar la tasa de basuras de la Ley 7/2022 de manera justa y efectiva, incentivando la reducción y el reciclaje sin generar desigualdades entre municipios, requiere de un enfoque equilibrado que considere las diferentes capacidades y necesidades de cada localidad. Aquí algunas ideas para abordar esta complejidad:

·         Tasa variable en función del volumen de residuos generados: Una tarifa basada en el principio de "quien contamina, paga",  calculada en función del peso o volumen de los residuos generados. Este modelo se puede implementar mediante contenedores con sistemas de pesaje o bolsas específicas que permitan contabilizar la cantidad de residuos de cada hogar o negocio. De esta forma, quienes reciclen más y generen menos residuos, pagarán menos. Este sistema ya funciona en algunas ciudades europeas, como en Alemania o Bélgica.

·         Bonificaciones para hogares y empresas que reciclen: Además de la tasa por residuos generados, se podría crear un sistema de bonificaciones para aquellos que reduzcan la generación de residuos, fomenten su separación o adopten prácticas de economía circular, como la reutilización de materiales Estos incentivos pueden ser descuentos en la tarifa de basura o bonificaciones fiscales.

·         Subvenciones para municipios con menos recursos: Para evitar desigualdades, el Estado podría establecer un fondo de compensación destinado a los municipios con menos recursos para desarrollar infraestructura de reciclaje y gestión de residuos. Esto permitiría que las áreas rurales y menos desarrolladas puedan implementar programas de reciclaje y reducción de residuos con condiciones similares a las de los municipios con más medios.

·         Campañas de concienciación y formación específicas por región: El contexto y las necesidades de cada municipio deben tenerse en cuenta, por lo que es crucial implementar campañas informativas y educativas adaptadas a cada área. Las regiones con más problemas de reciclaje o con infraestructuras limitadas podrían recibir programas de educación ambiental específicos, financiados con fondos públicos.

·         Normativas de estandarización y control para los municipios : Para evitar situaciones de inequidad, la Ley podría incluir normativas que aseguren que todos los municipios cumplan con la normativa y los objetivos de residuos y reciclaje, contemplados en la Ley vigente.

·         Tecnología y digitalización para la transparencia y la trazabilidad: La introducción de sistemas digitales en la gestión de residuos (como aplicaciones o sensores) permitiría una mayor trazabilidad de los desechos, así como un mejor control de la tasa. Los datos podrían ser utilizados para ajustar las tarifas en función del comportamiento de cada usuario y de la eficiencia del reciclaje en cada municipio.

 

Deficiencias en la infraestructura de reciclaje y gestión de residuos

Un aspecto que no puede ser pasado por alto en esta ley es la realidad de la infraestructura de gestión de residuos en España. Aunque la normativa es ambiciosa, existe una considerable desigualdad en el acceso a instalaciones de reciclaje adecuadas, especialmente en municipios más pequeños y áreas rurales. La implementación efectiva de la ley depende en gran medida de la capacidad de los municipios para garantizar que los ciudadanos tengan a su disposición los recursos necesarios para cumplir con las nuevas exigencias.

En muchos casos, los puntos de recogida selectiva de residuos no están completamente instalados o carecen de una logística eficiente para gestionar los nuevos tipos de residuos que se deben separar, como textiles, aceites de cocina o residuos orgánicos. Esto puede dificultar el cumplimiento por parte de los ciudadanos y podría reducir la efectividad de la ley. Sin una infraestructura adecuada, incluso los consumidores más concienciados se encontrarán con barreras logísticas que les impidan actuar de acuerdo con los principios de la economía circular que la ley pretende fomentar.

 

Impacto en pequeñas empresas y productores

Otro punto que merece un análisis crítico es el impacto que la ley tendrá en las pequeñas empresas y productores. La normativa amplía el concepto de responsabilidad ampliada del productor  a nuevos flujos de residuos y amplía sus exigencias, lo que significa que nuevas empresas deberán asumir la responsabilidad de la gestión de los residuos que generan sus productos. Si bien esto incentiva la creación de productos más sostenibles y menos contaminantes, también puede suponer un coste adicional para muchas empresas que ya están lidiando con otros desafíos económicos.

Este sistema de responsabilidad extendida podría generar un incremento en los costes de producción que, en última instancia, se trasladará a los consumidores total o parcialmente. Aunque para las empresas en general supone un problema de adaptación, debemos tener en cuenta, que para los pequeños negocios puede representar un obstáculo significativo. En un mercado cada vez más competitivo, es posible que veamos a pequeñas empresas teniendo que reducir márgenes o aumentar precios, lo que podría afectar negativamente tanto a los productores como a los consumidores.


Educación y concienciación: una asignatura pendiente

Por último, aunque la ley prevé campañas de concienciación sobre la importancia de una gestión adecuada de residuos y la transición hacia un consumo más responsable, el esfuerzo educativo o formativo hasta la fecha ha sido insuficiente por no ser capaz de llegar a tantos ciudadanos como sería deseable. Para que la ley sea realmente efectiva, es fundamental que los consumidores comprendan no solo sus obligaciones, sino también el impacto positivo de estos cambios en el medio ambiente. Sin una educación adecuada, corremos el riesgo de que las sanciones y penalizaciones se conviertan en la norma, en lugar de incentivar un cambio real en los hábitos de consumo y gestión de residuos. Sembrar en la conciencia de todos la necesidad de colaborar para crear un mundo más limpio, es mucho más efectivo que compeler a los agentes sociales y los consumidores mediante sanciones. Las fake news, los bulos y el negacionismo, se hacen más fuertes en la sociedad si el consumidor está asustado por las sanciones, o descontento por el aumento de precios derivados de la ley, o por la aparición de nuevas tasas e impuestos. En muchas ocasiones premiar a aquellos que lo hacen bien es más efectivo que castigar a los que lo hacen mal, porque reconoce el esfuerzo de unos e incentiva a otros a realizar el esfuerzo para alcanzar el premio.

El desconocimiento generalizado sobre el contenido de la Ley 7/2022 se percibe incluso a sectores profesionales a los que afecta de manera directa, por lo que, en un consumidor medio, es aún más patente. Los que tienen algo más de información al respecto, tienen una idea general que se puede resumir en: 

·         Facilidades para separar y reciclar residuos,
·         Incentivos para reducir la cantidad de basura,
·         Reducción de envases y plásticos de un solo uso ( aunque muchos no saben a qué productos afecta), información clara sobre los productos reciclables y sostenibles ( básicamente, más trasparencia sobre alegaciones medioambientales),
·         Campañas de educación y sensibilización,
·         Compromisos claros de las empresas…

Pero en general, el consumidor tiene la vista y las sospechas puestas en como pueda afectar a los precios, en la aparición de nuevos tributos, y en nuevas obligaciones para los ciudadanos respaldadas por multas y sanciones.

En cualquier caso, uno de los problemas a los que los consumidores se enfrentan a diario y minan su moral, son los mensajes negativos que se manifiestan de continuo en todos los medios de comunicación, desaniman y desincentivan los comportamientos ecoresponsables, y alimentan el malestar con las nuevas obligaciones y consecuencias expuestas sobre la Ley de Residuos. Educar e informar no es solo mostrar lo que se debe hacer y cómo hacerlo, sino que es igual de importante mostrar los beneficios y logros de estos comportamientos, los éxitos en materia de recuperación de espacios naturales, calidad del aires y del agua, recuperación de fauna y flora, limpieza de mares y entornos naturales, etc…En vez de poner el foco en lo que no se ha conseguido, o en aquellos que hacen las cosas mal, o en problemas endémicos que aún no se han solucionado, pero que podrían solucionarse con la suma de todos.

 

Conclusión: Un camino necesario, pero con desafíos

La Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, representa un avance crucial hacia un modelo de consumo más sostenible, pero no está exenta de desafíos. Desde el impacto desigual en diferentes sectores de la población, hasta las dificultades logísticas en la infraestructura de reciclaje, es esencial que se realicen ajustes y mejoras en su implementación. Los consumidores, aunque juegan un papel clave en este cambio , no deben asumir toda la carga de esta transición. Para que la ley tenga éxito, es necesario un enfoque equilibrado que garantice que todos los actores, desde los municipios hasta las grandes empresas, asuman su parte de responsabilidad en la construcción de una economía verdaderamente circular.

Los consumidores juegan un papel esencial en el cambio hacia la economía circular y en la implementación de la Ley 7/2022, más allá de ser actores subsidiarios. Sus decisiones de compra, uso y desecho de productos son empoderantes y determinantes para el éxito de este modelo. A continuación, algunos puntos clave sobre su rol en este proceso:

  • 1.       Adopción de prácticas de consumo sostenibles: La economía circular se basa en reducir, reutilizar y reciclar. Los consumidores pueden favorecer este cambio al optar por productos duraderos, reparables o reutilizables, y al minimizar la compra de artículos de un solo uso. Cuantas más personas adopten estos comportamientos, mayor será la presión sobre las empresas para adaptar sus prácticas a modelos circulares.
  • 2.       Demanda de productos y servicios circulares: Al elegir productos fabricados con materiales reciclados, de menor huella ecológica o diseñados para ser reciclables, los consumidores envían una señal clara al mercado y fomentan que las empresas adapten sus prácticas a las necesidades de una economía circular.
  • 3.       Separación y disposición adecuada de residuos: Esta participación activa en el reciclaje es fundamental para el éxito de la economía circular y para superar retos como la capacidad de infraestructura municipal o la reducción de residuos no reciclables.
  • 4.      Educación y sensibilización: La base indiscutible de todo lo anterior es la formación que los consumidores tengan sobre ello, y sobre todo, crear un estado óptimo de predisposición y concienciación a la acción. Los consumidores también contribuyen a la economía circular al educarse y sensibilizarse sobre los efectos de sus elecciones de consumo. Mediante una mayor comprensión de sus impactos, los consumidores pueden impulsar políticas y regulaciones más firmes en materia de circularidad y sostenibilidad.

6.       Colaboración en programas de reciclaje: Muchos productos requieren una disposición específica para su reciclaje o reutilización. La Ley 7/2022 facilita estas acciones, pero es responsabilidad de los consumidores colaborar en estos programas de retorno de envases, dispositivos y otros materiales, cerrando así los ciclos de vida de los productos.



lunes, 23 de septiembre de 2024

La Vuelta al Cole Sostenible

 


 

Cada año en septiembre, millones de estudiantes en España se preparan para la vuelta al cole. Este evento anual no solo marca el inicio de un nuevo curso académico, sino que también representa una oportunidad para reflexionar sobre cómo nuestras acciones pueden impactar el medio ambiente. En un mundo cada vez más consciente de la necesidad de sostenibilidad, la vuelta al cole puede ser un momento perfecto para adoptar prácticas más ecológicas y fomentar una economía circular. Se trata de un momento en el que se realiza un enorme gasto no solo económico, sino también de recursos que en muchas ocasiones, podrían minimizarse aplicando las 3R: “Reutiliza, Recicla, Reduce.”

 

La sostenibilidad no es solo una tendencia, es una necesidad urgente por muchos motivos:

 

  • -       Supone un ahorro económico y de recursos
  • -       Ayuda a mantener el entorno limpio.
  • -       Ayuda a los más jóvenes a sentirse responsables y útiles a la sociedad
  • -       Mejora el estado del aire, del agua y del suelo.
  • -       Genera nuevos empleos y riqueza a nivel local, regional y nacional.
  • -       Ayuda a optimizar el reparto de recursos y bienes entre todos los ciudadanos eliminando un consumo irracional de los mismos.
  • -       Fomenta la creatividad dando nuevos usos a bienes usados
  • -       Y sobre todo, Contribuye de manera efectiva a dejar un mundo mejor a las siguientes generaciones enseñándoles a cuidarlo

 



La educación juega un papel crucial en la formación de ciudadanos responsables y conscientes del medio ambiente. Integrar la sostenibilidad en el currículo escolar puede ayudar a los estudiantes a comprender la importancia de cuidar nuestro planeta y a desarrollar hábitos que perduren toda la vida.



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Una de las claves para la creación de un mundo más sostenible es la economía circular, que como ya sabemos,  es un modelo económico que busca minimizar el desperdicio y hacer un uso más eficiente de los recursos. En lugar de seguir el modelo tradicional de “tomar, hacer, desechar”, la economía circular promueve la reutilización, la reparación y el reciclaje de productos y materiales. Este enfoque puede ser especialmente relevante en el contexto escolar, donde el consumo de materiales es alto y continuo, y los más jóvenes pueden aprender hábitos sostenibles de manera orgánica y natural para trasladarlo a su día a día, a sus familias, y a su futura vida adulta. En los colegios y centros educativos, no solo es importante formar e informar sobre sostenibilidad, sino que es muy importante hacer partícipes a los alumnos de manera proactiva, en conductas sostenibles. Hay muchas actividades que pueden hacerse para implicarles y fomentar la proactividad. Os dejamos algunas ideas:

Reutilización de Materiales Escolares: Fomentar la reutilización de libros de texto, uniformes y otros materiales escolares puede reducir significativamente el desperdicio. Las bibliotecas escolares pueden jugar un papel importante en este aspecto, ofreciendo libros de texto en préstamo y promoviendo el intercambio de libros entre estudiantes.

Proyectos de Reciclaje: Implementar programas de reciclaje en las escuelas puede enseñar a los estudiantes la importancia de separar los residuos y reciclar correctamente. Además, estos programas pueden incluir actividades prácticas, como talleres de reciclaje creativo, donde los estudiantes pueden transformar materiales reciclados en nuevos productos útiles.

Compostaje: Las escuelas pueden establecer programas de compostaje para gestionar los residuos orgánicos del comedor escolar. El compost resultante puede utilizarse en los jardines escolares, cerrando así el ciclo de los nutrientes.

Mercadillos de segunda mano: En muchas ocasiones los alumnos de cursos avanzados realizan diversas actividades para conseguir ingresos con los que ayudar a sufragar el viaje de fin de curso. Una opción alternativa o complementaria a sorteos, concursos , espectáculos o venta de manualidades, puede ser un mercadillo de artículos de segunda mano, juguetes, juegos, mochilas, estuches, etc…que los alumnos no utilicen.

Campañas de recogida sostenible y solidaria: Hay muchas cosas que los alumnos ya necesitan pero otras familias pueden aprovechar. Ropa, mochilas, carros de bebé, etc…que pueden recogerse en los centros educativos para que ONGs solidarias las entreguen a familias que lo necesiten más.




 

Por otro lado, el reciclaje es una de las formas más sencillas y efectivas de contribuir a la sostenibilidad. Enseñar a los niños a reciclar desde una edad temprana puede ayudar a inculcar este hábito en su vida diaria. Las escuelas pueden desempeñar un papel fundamental en este proceso, proporcionando contenedores de reciclaje claramente etiquetados y educando a los estudiantes sobre qué materiales pueden reciclarse y cómo hacerlo correctamente.

En 2021, España generó 115,4 millones de toneladas de residuos, de los cuales se reciclaron 49,4 millones de toneladas, un 4,5% más que en 20201. Además, en 2022 se enviaron a instalaciones recicladoras 1.627.313 toneladas de envases domésticos de plástico, metal, briks, madera y papel y cartón[1]. Igualmente, hay muchas actividades que se pueden fomentar en los centros educativos para implicar a los alumnos, como por ejemplo:

Concursos de Reciclaje: Organizar concursos de reciclaje puede ser una forma divertida y educativa de motivar a los estudiantes a participar en el reciclaje. Los concursos pueden incluir desafíos como recolectar la mayor cantidad de materiales reciclables o crear obras de arte a partir de materiales reciclados.

Talleres de Reciclaje Creativo: Los talleres donde los estudiantes pueden aprender a crear nuevos productos a partir de materiales reciclados pueden ser muy efectivos. Por ejemplo, pueden aprender a hacer papel reciclado, construir muebles con palets o crear juguetes a partir de botellas de plástico.

 


 

El respeto al medio ambiente va más allá del reciclaje y la economía circular. Reciclaje y economía circular, por separado o incluso de manera sinérgica, no son más que piezas de un todo que debe ser un estilo de vida. Reciclar en si mismo está muy bien, pero no basta. Participar de una economía circular, está muy bien, pero no es suficiente. El día a día de cada persona está compuesto de decenas de decisiones y actos que suman para bien o para mal. Podemos reciclar mucho y muy bien, pero derrochar energía y agua, y no habrá servido para nada el reciclaje. Podemos ser muy eficientes energéticamente, pero consumir muchos más bienes y productos de los que necesitamos, y tampoco habrá sido útil nuestra eficiencia. El respeto al medio ambiente, implica adoptar un estilo de vida que minimice el impacto negativo en el planeta. Esto puede incluir prácticas como el uso de transporte sostenible, la reducción del consumo de energía y agua, y la elección de productos ecológicos. Sería muy interesante que los propios centros educativos dieran ejemplo adoptando prácticas como:

Transporte Sostenible: Fomentar el uso de transporte sostenible, como caminar, ir en bicicleta o compartir coche, puede reducir la huella de carbono de la comunidad escolar. Las escuelas pueden organizar campañas para promover estos medios de transporte y proporcionar instalaciones adecuadas, como aparcamientos para bicicletas.

Eficiencia Energética: Implementar medidas de eficiencia energética en las escuelas puede reducir el consumo de energía y los costos asociados. Esto puede incluir la instalación de luces LED, el uso de sensores de movimiento para el alumbrado y la promoción de prácticas de ahorro de energía entre los estudiantes y el personal.

Consumo Responsable de Agua: Las escuelas pueden instalar dispositivos de ahorro de agua, como grifos con temporizador y cisternas de bajo consumo, y educar a los estudiantes sobre la importancia de no desperdiciar agua.

La conciencia ambiental en España ha aumentado significativamente en los últimos años. Según un estudio, el 93,5% de la población española considera que el cambio climático es una problemática real, aunque el 73,3% cree que no se le está dando la importancia necesaria[2]. Además, el 80% de la población es consciente de la necesidad de realizar cambios para frenar el cambio climático[3]

 

En cuanto a la responsabilidad social, las empresas españolas han mostrado un fuerte compromiso. En 2020, las acciones de responsabilidad social corporativa (RSC) de las empresas impactaron a 158 millones de beneficiarios, un 177% más que en 2019[4]. Además, el 95% de las empresas españolas ya cuentan con una estrategia de RSC alineada a la estrategia empresarial[5].

La vuelta al cole en España es una oportunidad perfecta para fomentar la sostenibilidad, la economía circular, el reciclaje y el respeto al medio ambiente. Al adoptar estas prácticas, no solo estamos contribuyendo a la protección del planeta, sino que también estamos educando a las futuras generaciones para que sean ciudadanos responsables y conscientes del medio ambiente. Cada pequeño paso cuenta, y juntos podemos hacer una gran diferencia.



jueves, 19 de septiembre de 2024

Reclamar la cancelación de los conciertos en el Bernabeu.

 

Los afectados por la cancelación de los conciertos en el Santiago Bernabéu (Madrid) pueden reclamar todos los daños y perjuicios a la empresa organizadora del evento, siempre que sean demostrables y cuantificables, por vía judicial. Se recomienda a los afectados que hagan una reclamación por escrito a la empresa vendedora de la entrada, dejando constancia de que la reciben y adjuntando todos los justificantes de los gastos que se puedan reclamar (medios de transporte para el desplazamiento, alojamiento, etc.).

En el caso de que el importe no supere los 2.000€, no será necesario ni abogado ni procurador. Simplemente acudir a los juzgados centrales y cumplimentar un impreso de procedimiento monitorio y entregarlo junto con la documentación que se quiera aportar de prueba.

En el caso de tener un hotel o un transporte reservado, también se deben reclamar los daños a la empresa organizadora, siempre que se pruebe dicho daño. Respecto a la entrada al concierto, si un asistente no puede acudir a la nueva fecha estipulada,  como el evento no se celebra por un cambio propuesto por el propio organizador, la cancelación tiene que dar lugar a la posibilidad de aceptar la alternativa que ofrezcan como, por ejemplo, el cambio de fecha.

Si lo que se pretende es una reclamación para recuperar el importe delas entradas y nada más, se puede acudir a una reclamación administrativa de consumo en la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su municipio ( si usted y la empresa reclamada tienen domicilio en el mismo municipio) o en el órgano competente de su Comunidad Autónoma ( en caso de que usted y la empresa reclamada tengan domicilio en municipios distintos)

En el caso de que no se ofrezca ninguna alternativa o que la propuesta no encaje a los damnificados, también se tiene derecho a la devolución del importe pagado en su día por el precio de la entrada. La cancelación de los conciertos se conoció el pasado viernes por parte del Real Madrid, que anunció la decisión de reprogramar "de manera provisional" su agenda de eventos y conciertos hasta mejorar "las condiciones precisas en la producción y emisión de sonido" que permitan eventos musicales sin afectar al vecindario.

viernes, 26 de enero de 2024

Nueva web de la MPAC

La nueva web de la MPAC ya está a pleno rendimiento y puedes consultar en ella, los resultados de los estudios sobre " Nuevos Hábitos del Consumidor" de los últimos años, así como numerosos artículos y publicaciones sobre nutrición, alimentación y vida saludble, nuevas tendencias, y compra y consumo de alimentación. 

  https://mesaparticipacion.com/informacion-al-consumidor/ 

Si además quieres estar a la última sobre este tipo de informaciones y sobre los consejos del comité de expertos que apoyan la MPAC, no olvides seguir a la Mesa, en redes sociales.

A vueltas con los gastos de hipoteca

Como sabemos, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de noviembre de 2019 estableció que algunas cláusulas en contratos hipotecarios españoles eran abusivas, incluyendo aquellas que imponían al consumidor el pago de todos los gastos de formalización del préstamo. Los consumidores, llevamos años reclamando la devolución de estos gastos a trancas y barrancas, debido a la confusión interpretativa de las normas y sentencias, sobre todo en materia de plazos para poder reclamar. 

 Desde entonces, hasta ahora, se han ido perfilando muchas cuestiones, y finalmente la que parecía más compleja, quedó definida por el TJUE el pasado 25 de enero. En el apartado 43 de la sentencia, sobre la imprescriptibilidad de la acción de nulidad de una cláusula abusiva y la prescriptibilidad para hacer valer sus efectos restitutorios, el TJUE afirma: “En lo que atañe a la oposición de un plazo de prescripción a una acción ejercitada por un consumidor para que se le devuelvan cantidades indebidamente abonadas, fundada en el carácter abusivo de una cláusula contractual en el sentido de la Directiva 93/13, procede recordar que el Tribunal de Justicia ya ha declarado que los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de dicha Directiva no se oponen a una normativa nacional que, a la vez que reconoce el carácter imprescriptible de la acción de nulidad de una cláusula abusiva incluida en un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor, somete a un plazo de prescripción la acción dirigida a hacer valer los efectos restitutorios de esta declaración, siempre que se respeten los principios de equivalencia y de efectividad (sentencia de 10 de junio de 2021, BNP Paribas Personal Finance, C-776/19 a C-782/19, EU:C:2021:470, apartado 39 y jurisprudencia citada).
Y en el apartado 48 de la sentencia, sobre el inicio del cómputo de un plazo de prescripción, resuelve: “De esta manera, en lo tocante al inicio del cómputo de un plazo de prescripción, tal plazo únicamente puede ser compatible con el principio de efectividad si el consumidor pudo conocer sus derechos antes de que dicho plazo empezase a correr o de que expirase (sentencia de 10 de junio de 2021, BNP Paribas Personal Finance, C-776/19 a C-782/19, EU:C:2021:470, apartado 46 y jurisprudencia citada)”. La sentencia no aplica su doctrina sobre el concepto de “un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz”. 

En los apartados 50 y 51 la sentencia afirma que un plazo, como el plazo de prescripción de la acción restitutoria de los gastos hipotecarios en los supuestos analizados (10 años, por aplicación del CCC), no es conforme con el principio de efectividad, toda vez que las normas por las que se rige no tienen en cuenta que no basta con que establezcan que el consumidor debe conocer los hechos determinantes del carácter abusivo de una cláusula contractual, sino que debe tener en cuenta, por un lado, si conoce los derechos que le confiere la Directiva 93/13 y, por otro lado, si tiene tiempo suficiente para preparar e interponer efectivamente un recurso con el fin de invocar esos derechos. 

 Respecto a la iniciación del dies a quo, a partir de la existencia de un criterio jurisprudencial consolidado sobre la nulidad de la cláusula, el TJUE declara que es contrario a la Directiva 93/13 y en el apartado 61 de la sentencia afirma: “la Directiva 93/13 debe interpretarse en el sentido de que se opone a una interpretación jurisprudencial del Derecho nacional según la cual, para determinar el inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción que puede ejercitar el consumidor para obtener la restitución de las cantidades pagadas indebidamente con arreglo a una cláusula contractual abusiva, puede considerarse que la existencia de una jurisprudencia nacional consolidada sobre la nulidad de cláusulas similares constituye una prueba de que se cumple el requisito relativo al conocimiento, por el consumidor de que se trate, del carácter abusivo de esa cláusula y de las consecuencias jurídicas que se derivan de ella. 

 Por tanto, para la fijación del inicio del plazo de prescripción habrá que estar a cada caso concreto y a la acreditación del conocimiento que el consumidor tenía de los derechos que le confiere la Directiva 93/13, declarando el TJUE en el apartado 52 de la sentencia que: “En lo tocante a si el conocimiento por el consumidor del carácter abusivo de una cláusula contractual y de los derechos que le confiere la Directiva 93/13 debe adquirirse antes de que empiece a correr el plazo de prescripción de la acción restitutoria o antes de que expire dicho plazo, procede señalar que el requisito, mencionado en el apartado 48 de la presente sentencia, según el cual un plazo de prescripción únicamente puede ser compatible con el principio de efectividad si el consumidor pudo conocer esos derechos antes de que dicho plazo empezase a correr o de que expirase, fue establecido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia a efectos del examen, caso por caso, de la compatibilidad de un plazo de prescripción dado, aplicado con arreglo al Derecho nacional en cuestión, con el principio de efectividad”. 

Este nuevo criterio del TJUE, si bien disipa dudas por un lado, plantea dificultades por otro ya que cada consumidor afectado tiene un plazo propio, en base a sus circunstacias personales sobre el conocimiento de la abusibidad de las claúsulas y sus derechos sobre ello. Esto obliga a analizar caso a caso, e incluso puede tener el efecto perverso de que los consumidores tengan la carga probatoria para acreditar tal desconocimiento y así tener un plazo más amplio para poder reclamar. 

Pero se trata de un complejo ejercicio probatorio. Si bien en general puede suponer alargar los plazos, por otro lado, se complica el proceso. Bien podía el TJUE haber elaborado unas líneas interpretativas, sobre qué circunstancias se han de valorar y cómo hacerlo, para crear un mecanismo más uniforme entre todos los afectados. Por tanto, aunque pueda parecer que esta idea del TJUE resuelve el misterio del cómputo de plazos, realmente complica el proceso de reclamación, y posiblemente en perjuicio del consumidor.

jueves, 11 de enero de 2024

Cierre de Centros IDEAL

Como sabemos en los últimos días ha trascendido el cierre de la empresa de estética Centros IDEAL, que ha dejado cn tratamientos pagados y sin realizar a cientos de consumidores.En los últimos años venimos viendo como empresas de diversos sectores como estética, odontoliogía y enseñanza, cierran repentinamente dejando desprotegidos a sus clientes, lo que debería hacerson reflexionar sobre la necesidad de cambios normativos que puedan servir para evitar este tipo de actuaciones. En estos moemntos iniciales, siempre reina el descondierto sobre la situación de la empresa y sus clientes, y los caminos a seguir. Según la dirección de Centros Ideal parece ser que se encuentran en un proceso de negociación para la redirección de los clientes con tratamientos pendientes, pero de momento no tenemos seguridad de ello. Usted como consumidor afectado por el cierre de los centros IDEAL tiene derecho a reclamar el reembolso del importe de los tratamientos ya pagados y no disfrutados Le recomendamos que interponga reclamación detallando su caso particular y las cantidades que reclama. Al estar cerrada la empresa, es recomendable que la reclamación se efectúe por burofax dirigida al domicilio social de la misma. A la par puede usted presentar una reclamación ante las autoridades competentes en materia de consumo. Al no indicar usted su domicilio no podemos precisar que administración tramitará su reclamación. • Si el tratamiento se hubiera financiado, la reclamación también debe dirigirse a la entidad financiera que haya concedido el crédito vinculado –una vez realizada la reclamación ante la empresa–, a fin de que se suspendan los pagos periódicos. Debe argumentarse para ello la suspensión del tratamiento o el cierre del establecimiento. A continuación, le informamos del procedimiento a seguir: • Para formular una reclamación ante las autoridades competentes en materia de consumo contra una empresa es necesario presentar un escrito o rellenar el impreso de reclamación, firmado manual o digitalmente, donde conste lo siguiente:  Datos del reclamante: (nombre, DNI, dirección, teléfono, correo para recepción de comunicaciones…)  Datos de la empresa reclamada. Es necesario que exponga el motivo de su reclamación; Si utiliza el impreso y no le cabe puede continuar en un folio de papel. Los Centros Ideal tienen su domicilio social en Calle Julián Camarillo 4, 28037, Madrid • Pretensión: En la reclamación tiene que hacer una descripción detallada de lo sucedido y de lo que solicita o demanda (es decir, la anulación del contrato firmado por incumplimiento de este, así como la devolución del importe abonado o, en su caso, del importe de la parte no satisfecha). • Puede instar a que: se ejecuten los servicios previamente contratados; se terminen los tratamientos ya iniciados; o que se devuelvan las cantidades abonadas si el tratamiento no hubiera sido finalizado (en la parte no ejecutada). • Documentación aportada: no olvide adjuntar la documentación en que apoya su reclamación (contrato, presupuesto, pedido, factura, comunicaciones con la empresa reclamada, o cualquier otro documento que usted crea que puede ser relevante para tramitar su reclamación). Para poder reclamar, es fundamental conservar toda la documentación recopilada en torno al contrato: folletos, publicidad, presupuestos, contratos, acreditación de los pagos efectuados, así como las facturas o historia clínica, en su caso • Si no es usted el titular y el titular le autoriza a que se haga la reclamación en su nombre se ha de aportar dicha autorización por escrito y firmada por el titular, adjuntándose copia de los DNI de ambos. MODOS DE PRESENTACIÓN: Para presentar una denuncia o reclamación sin asesoramiento previo, puede realizarlo de las siguientes formas: • En línea: en la sede electrónica Reclamaciones de consumo de su OMIC o del órganismo autonómico de Consumo • Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. • Por correo postal: escrito firmado dirigido a la OMIC Central o a su organismo de consumo autonómico • Por correo electrónico: escrito firmado dirigido a la OMIC Central de su minicipio, o a la sede del organismo de consumo de su Comunidad Autónoma. • La persona afectada debe saber que puede acudir a la vía judicial, tanto sin necesidad de plantear reclamación previa, como si el asunto no hubiera sido resuelto previamente en vía administrativa, para lo cual si el importe reclamado no supera los 2000 euros no sería necesario ni abogado ni procurador. • Si llegara el caso de que Centros Ideal solicitara concurso de acreedores, y el mismo se aceptase, en el momento en el que se publicara en Boletín Oficial del Estado (BOE) el anuncio de declaración de la empresa en concurso de acreedores, se designará la Administración Concursal, haciéndose llamamiento a las personas o entidades acreedoras para que estas procedan a comunicar sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente en que se hubiera publicado el mencionado anuncio.