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miércoles, 15 de febrero de 2012

DERECHO DE CONSUMIDORES (III)

Dentro del Derecho de Garantía, podemos incluir el servicio post venta y de reparaciones. En ocasiones, cuando existe una falta de conformidad, se opta por la reparación del bien. En este caso, se envía al servicio técnico autorizado.

La ley también regula el servicio postventa, en el sentido de que en los productos de naturaleza duradera el consumidor y usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse. Tanto la reparación como la  sustitución del bien deben ser gratuitas, y el consumidor no debe pagar los portes ni ningún otro gasto.

El plazo de garantía se suspende a la entrega del producto para su reparación o sustitución y se reinicia con la devolución del producto reparado sustituido, por lo que es imprescindible exigir la entrega de los recibos o albaranes en los que consten tales fechas.
Si se recibe un producto en sustitución, éste estará garantizado por seis meses.
La garantía comercial del fabricante se entiende como un extra añadido que mejore las condiciones de la garantía legal.
Finalmente, es necesario guardar el ticket o factura de compra y copia del albarán de entrega.

martes, 14 de febrero de 2012

DERECHO DE CONSUMIDORES (II)

Ayer vimos que la normativa de protección de consumidores y usuarios, se aplica a las relaciones jurídicas que se originana entre una empresa y un particular en al ámbito privado de éste y la actividad comercial propia de aquella. Es decir, cuando solicitamos un bien o servicio para nuestro ámbito personal fuera de una empresa.
Quedan excluidos por tanto los negocios entre particulares, y entre empresas o autónomos en el desempeño de su oficio. Vimos también que puden existir zonas "grises" en este tipo de relaciones y a la hora de definir quién es consumidor, según circunstacias concretas.

Una vez comprendido este concepto, podremos saber si nos es aplicable esta normativa y en que casos.
Hoy, haremos una aproximación al concepto de garantía, que con la desaparición de la Ley de Garantías, y su integración en el RD 1/2007, ha cambiado un poco.