Se trata de un proceso RÁPIDO, SEGURO Y GRATUITO, para recuperar lo cobrado indebidamente por el banco o Caja.
Pero...Es cierto del todo?...Hay algún truco o letra pequeña?...
Vamos a verlo.
Analizando los pormenores del Decreto, cabe decir que pese a lo que pueda parecer, para los bancos hay muchas ventajas;
- Plazo ventajoso de análisis ( 3 meses)
- Discrecionalidad sobre la respuesta (pueden contestar lo que quieran incluso pudiendo incluso no darla y obligarnos a ir a la Vía judicial)
- Pueden no devolver toda la reclamación y ofrecer otras opciones que requieren de un análisis personalizado para evaluar que conviene más.
- Cada entidad bancaria establecerá su propio proceso extrajudicial, adaptado a sis conveniencias.
- Todo ello a la espera de que se regule el funcionamiento y composición de la Comisión de Seguimiento que debe crear el Gobierno.
No obstante, la iniciativa del Gobierno es apropiada para no colapsar el sistema judicial y poder agilizar el cobro.
- Como aspecto positivo a señalar, ofrece la posibilidad de reclamar a personas sin recursos que no pueden pagar a un abogado, presentando la reclamación directamente al banco, pero es casi imprescindible el asesoramiento de un abogado, que no es gratuito, a la hora de redactar y presentar la reclamación, calcular las cantidades e intereses y asegurar que las cantidades ofrecidas por el banco son las correctas, valorar las propuestas y alternativas del banco, asesorar durante el proceso, y valorar si es viable o aconsejable la via extrajudicial o directamente la vía judicial. Por tanto no es todo tan sencillo y bonito como parece.
En definitiva, el proceso es gratuito, si lo hacemos por nuestra cuenta y riesgo, sin asesoramiento profesional; es rápido si el banco contesta rápido; y es fiable si el banco ofrece las cantidades correctas y alternativas razonables y sin letra pequeña.
No hay comentarios:
Publicar un comentario