La
Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) declara
ilícita y abusiva la emisión y entrega por defecto de facturas en formato
electrónico. En España, el
21% de los hogares carece de acceso a Internet, el 18% de las personas nunca ha
utilizado Internet y el 25% no lo hace de forma habitual.
La
Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición se ha
pronunciado recientemente sobre la correcta interpretación del derecho a
recibir facturas en papel consagrado en la Ley 3/2014 (reforma de la Ley
General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).
AECOSAN
concluye que se considera ilícita y abusiva la práctica de emitir y entregar
facturas en formato electrónico por defecto o mediante cláusulas predispuestas
en los contratos de adhesión que presuponen la aceptación de la factura
electrónica.
El
informe de la autoridad de Consumo afecta a todos los contratos de servicios y
suministros de tracto sucesivo (por ejemplo: agua, gas, electricidad y
telecomunicaciones) con independencia de que la contratación se realice de
forma presencial, a distancia, o incluso de forma electrónica.
Solo
se considerará lícita la práctica que recoja la aceptación expresa de la
facturación electrónica siempre que sea independiente del contrato de servicios
y que dicha aceptación vaya precedida de información suficiente del empresario
al consumidor sobre la posibilidad de revocación. Además, tanto la revocación del
consentimiento como la recepción en papel de las facturas deben ser siempre gratuitas.
La ley no se cumple
Tras
conocer el dictamen, varias asociaciones de consumidores agrupadas en la
Iniciativa Yo Decido Cómo Recibo han alertado sobre el incumplimiento de la
reforma de Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Los
portavoces de la Iniciativa se muestran convencidos de que el informe de
AECOSAN es de interés para muchas empresas que podrían tener que modificar sus
prácticas de contratación con consumidores y usuarios, sea ésta presencial, a
distancia o incluso electrónica.
En palabras de Gustavo Samayoa, uno de
los portavoces de la Iniciativa: “Ha de suprimirse toda referencia al método de
facturación electrónica por defecto, por lo que no serán válidas las cláusulas
predispuestas ni las casillas premarcadas a favor de este formato en los
contratos. Además, es importante recordar que no se puede cobrar por el envío
de facturas en papel”.
El
Panel de Hogares de la CNMC sobre facturación publicado en mayo confirmaba que
el 43% de los consumidores que reciben factura electrónica no la han solicitado
previamente, algo que, según los portavoces de Yo Decido Cómo Recibo, muestra a
las claras cómo la Ley se ha estado incumpliendo de forma sistemática por parte
de algunas empresas.
El
problema reviste especial gravedad para los denominados colectivos en riesgo de
exclusión digital. Según recientes datos de Eurostat, casi 4 millones de
hogares españoles aún no disponen de conexión a internet, un 18% de la
población nunca se ha conectado a la red y uno de cada cuatro españoles no lo
hace de forma habitual.
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