Con todo lo expuesto en el anterior post, les queremos transmitir una serie
de recomendaciones con el fin de que sus derechos en materia de consumo no se
vean afectados. Asimismo, queremos advertir del riesgo de perder la propiedad
del bien otorgado como garantía en el caso de que el consumidor no tenga los
medios económicos para hacer frente a las obligaciones contraídas con la
empresa de préstamos. Ademas, piense que la empresa al haber tasado el bien en
un importe inferior al de mercado, todavía obtendrá un beneficio si no puede
hacer frente al pago del préstamo.
Las recomendaciones a tener en cuenta antes de contratar:
1. Valore
la necesidad del préstamo puesto que en el corto plazo podría utilizar sus
recursos económicos habituales sin empeorar su situación económica con el
préstamo que deberá devolver en un momento determinado.
2. La
propia empresa de préstamos es la que efectúa la tasación del bien para
determinar la cantidad objeto de préstamo.
3. En el
caso de que la empresa disponga de página web, asegúrese de que figuran en el
mismo los datos identificativos, como el domicilio de un establecimiento
permanente.
4. Desconfié
de la empresa prestamista si ésta aplaza darle información sobre su
consulta hasta entrevistarse con usted
personalmente en un lugar distinto al de su establecimiento permanente u
oficina.
Las recomendaciones a tener en cuenta en el momento de contratar:
5. Antes
de facilitar documentos personales, como DNI o teléfono, asegúrese de comprobar
la política de privacidad declarada por la empresa, especialmente si no desea recibir
comunicaciones comerciales de la misma o distinta empresa.
6. Reflexione
sobre su decisión comparando diferentes ofertas y analizando las consecuencias
que supondría para usted la pérdida del bien dejado en garantía.
7. Conserve
copia de toda la información relativa a las características del préstamo,
incluso la publicitaria, puesto que la misma vincula a la empresa y es exigible
por el consumidor en fase de ejecución del contrato.
8. Compruebe
la identificación que hace la empresa del bien en el contrato, exigiendo
incluso que se incluya en la documentación fotografía del bien.
Las recomendaciones a tener en cuenta tras la contratación:
9. La
empresa prestamista no puede disponer ni apropiarse del bien dejado en
garantía, teniendo el consumidor derecho a recuperarlo una vez reembolse el
importe del préstamo.
10. Si
considera que sus derechos o intereses económicos como consumidor han sido
vulnerados, puede presentar su reclamación o denuncia ante la Oficina Municipal
de Información al Consumidor de su domicilio.
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