martes, 19 de febrero de 2013


INFORMACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PASAJEROS DEL TRANSPORTE AÉREO ANTE

LA HUELGA DE LA COMPAÑÍA AÉREA IBERIA PARA LOS PRÓXIMOS DÍAS 18, 19, 20, 21 Y 22

DE FEBRERO.


Con motivo de la huelga de Iberia para los próximos días18, 19, 20, 21 y 22 de febrero, la

Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) procede a informar lo siguiente a los usuarios:

1. AESA sugiere, a todos los pasajeros que tengan previsto viajar con la compañía Iberia en los días de huelga previstos, que:

a. Contacten con la compañía aérea o la agencia de viajes con la que han adquirido el

billete, para que le informe sobre la situación de su vuelo o vuelos, en caso de que no

lo haya hecho ya la compañía aérea o la agencia de viajes.

b. En el caso de que se haya contratado un viaje combinado debe solicitar información

ante la agencia de viajes, y reclamar aquellos servicios que se hayan contratado y se

vayan a ver afectados.
 

2. Para aquellos vuelos cancelados con motivo de la huelga, existen una serie de derechos

que siguen obligando a la compañía aérea frente a los pasajeros afectados:

a. La obligación de informarles sobre los derechos que les asisten.

b. El transporte alternativo debe facilitarse siempre y cuando el pasajero no

haya optado por el reembolso del billete. El transporte alternativo no tiene que ser

con la misma compañía aérea, pudiéndose además utilizar otros medios de

transporte si fuera necesario.

c. La compañía aérea está obligadas a dar asistencia hasta la salida del transporte

alternativo (en función del tiempo que sea necesario esperar). Si la compañía

no ofreciese asistencia a los pasajeros, los usuarios deberán guardar los

comprobantes de sus gastos (hoteles, comidas, etc.) para posteriormente solicitar el

reembolso a la compañía.

d. En los casos de solicitar el reembolso del billete, la compañía aérea deberá devolver

íntegramente el importe correspondiente a la totalidad del viaje o a la parte del viaje

no efectuado.


3. En caso de cancelación, la compañía aérea deberá compensar a los pasajeros con 250 €, 400 € o 600 € según distancias, a menos que;

a. La compañía acredite la concurrencia de circunstancias extraordinarias para la

cancelación del vuelo; o

b. No concurriendo circunstancias extraordinarias, la compañía acredite haber

informado a los pasajeros de la cancelación con una antelación:


1. de dos semanas o más con respecto a la hora de salida prevista;

2. de entre dos semanas y siete días y se le ofrezca un transporte alternativo

que le permita salir con no más de 2 horas de antelación y llegar a su

destino final con no más de 4 horas de retraso respecto a su vuelo original

3. de menos de 7 días y se le ofrezca un transporte alternativo que le permita

salir con no más de 1 hora de antelación y llegar a su destino final con no

más de 2 horas de retraso respecto a su vuelo original.
 

4. En el caso de que la compañía aérea no cumplan con sus obligaciones, pueden exigirse los derechos, mediante el siguiente procedimiento:

a. Poner una reclamación ante la compañía aérea.

b. Si la compañía no le dio respuesta a su queja o reclamación en un plazo máximo de

un mes o si la respuesta dada no le es satisfactoria, puede dirigirse a AESA:

Agencia Estatal de Seguridad Aérea

División de Calidad y Protección al Usuario

Avda. General Perón, 40. Acceso B

28020 MADRID.

c. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea pone a disposición de los usuarios del

transporte aérea un teléfono que estará en servicio de lunes a viernes de 9 h. de la

mañana hasta las 18 h. El número de teléfono es el 91.396.82/10
 

5. Informar que la convocatoria de esta huelga afecta a la operativa de otras que operen con el código IB: Iberia Regional Air Nostrum, Iberia Express, American Airlines y British Airways.

Asimismo se verá afectada la operativa de Vueling y de Iberia Express.
 

6. Para más información sobre los derechos que le asisten como pasajero del transporte

aéreo, puede consultar la siguiente página Web:

http://www.seguridadaerea.es


DIRECCIONES Y TELÉFONOS DE UTILIDAD.

IBERIA:





 

Atención al cliente para incidencia en España: 900 100 480 o 902 400 500

 

Página web: web: http://www.iberia.com/
 
 
 


IBERIA EXPRESS





 

Atención al cliente: 902 100 424



 
 

 

VUELING





 

Atención al cliente para incidencia en España: 902 808 009
 Página web: http://vuelingnews.com/category/ultima-hora/

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