viernes, 4 de septiembre de 2020

RENOVACIÓN DEL BONO SOCIAL

   Al inicio de la pandemia, el Gobierno de España, en el artículo 4.2 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 estableció la prórroga automática hasta el 30 de septiembre de 2020 de la vigencia del bono social de electricidad, para aquellos beneficiarios del mismo a los que les caducaba con anterioridad a dicha fecha. Esta fecha de vigencia (30 de septiembre de 2020) se establece en la modificación de dicho Real Decreto-ley recogida en la disposición final octava del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda.

 Por tanto, como se indica en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctricaes necesario solicitar la renovación del Bono Social de electricidad, con una antelación mínima de 15 días hábiles a su fecha de fin de vigencia, acreditando el cumplimiento de los requisitos que dan derecho a dicho Bono Social.

 


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