De los tres folios que ocupa la circular, cabe extractar lo siguiente:
[...] Asimismo, en el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través de la Dirección General de Consumo, se están recibiendo informaciones de que algunas de las entidades financieras están presionado a los afectados mediante llamadas telefónicas amenazando a estos que si no siguen abonando las cuotas pendientes de los créditos vinculados les van a incluir en un tratamiento de solvencia patrimonial y crédito ("fichero de morosos").

3. El consumidor, además de poder ejercitar los derechos que le correspondan frente al proveedor de los bienes o servicios adquiridos mediante un contrato de crédito vinculado, podrá ejercitar esos mismos derechos frente al prestamista, siempre que concurran todos los requisitos siguientes: a) Que los bienes o servicios objeto del contrato no hayan sido entregados en todo o en parte, o no sean conforme a lo pactado en el contrato. b) Que el consumidor haya reclamado judicial o extrajudicialmente, por cualquier medio acreditado en derecho, contra el proveedor y no haya obtenido la satisfacción a la que tiene derecho.
Por otra parte, poner de manifiesto que en el caso de tratamientos inconclusos y financiados con créditos vinculados, las entidades financieras y no financieras no podrán exigir acreditación alguna, informes médicos o informes periciales, sobre el estado de los tratamientos de los afectados y/o pacientes, puesto que la prestación del servicio no se realizó y el crédito contratado servía exclusivamente para financiar la prestación de servicios específicos y ambos contratos constituyen una unidad comercial desde un punto de vista objetivo.
Si las entidades financieras y no financieras siguieran cobrando o exigiendo el cobro, estarían incurriendo en un cobro indebido, con las consabidas consecuencias previstas en el artículo 25 de la Ley 16/2011, de 24 de junio Las autoridades de consumo de las Comunidades Autónomas vigilarán y actuaran en consecuencia para que se cumplan los derechos económicos de los afectados por el cese de actividad de las clínicas iDental. Por último, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, recuerda que el Sistema Nacional de Salud viene atendiendo a aquellos pacientes afectados por el cese de la actividad de las clínicas iDental, que por mala praxis u otras cuestiones, hayan sufrido o padezcan problemas de salud bucodental.
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